Predial en Ciudad de México
En la capital el predial no se calcula con una tasa única sino con una tabla de dieciséis rangos publicada en el artículo 130 del Código Fiscal. Cada rango tiene su propia cuota fija y su propia tasa, y el resultado es un importe bimestral que se repite seis veces al año.
Detalles del cálculo
Los dieciséis rangos del artículo 130
El artículo 130, fracción I, del Código Fiscal de la Ciudad de México para el ejercicio 2026 ordena los valores catastrales en dieciséis rangos identificados con las letras A a P. Cada uno fija una cuota fija en pesos y una tasa que se aplica únicamente sobre el excedente del límite inferior del rango.
El rango A arranca en $0.12 y llega a $235,095.02, con cuota fija de $231.00 y tasa de 0.02080 %. El rango P, el último, cubre los valores de $35,629,332.12 en adelante, con cuota fija de $87,939.33 y tasa de 0.30909 %. Entre uno y otro hay catorce escalones.
| Rango | Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | Tasa sobre el excedente |
|---|---|---|---|---|
| A | $0.12 | $235,095.02 | $231.00 | 0.02080 % |
| B | $235,095.03 | $470,189.36 | $279.91 | 0.03889 % |
| C | $470,189.37 | $940,380.47 | $371.35 | 0.12149 % |
| D | $940,380.48 | $1,410,569.80 | $942.60 | 0.14625 % |
| E | $1,410,569.81 | $1,880,760.95 | $1,630.26 | 0.14723 % |
| F | $1,880,760.96 | $2,350,950.27 | $2,322.53 | 0.16801 % |
| G | $2,350,950.28 | $2,821,139.60 | $3,112.51 | 0.17052 % |
| H | $2,821,139.61 | $3,291,330.76 | $3,914.29 | 0.18305 % |
| I | $3,291,330.77 | $3,761,520.09 | $4,774.98 | 0.18814 % |
| J | $3,761,520.10 | $4,231,711.25 | $5,659.60 | 0.19034 % |
| K | $4,231,711.26 | $4,701,900.56 | $6,554.57 | 0.19292 % |
| L | $4,701,900.57 | $5,172,089.90 | $7,461.67 | 0.19490 % |
| M | $5,172,089.91 | $5,642,728.83 | $8,378.08 | 0.20261 % |
| N | $5,642,728.84 | $16,928,184.61 | $9,331.65 | 0.26334 % |
| O | $16,928,184.62 | $35,629,332.11 | $39,050.78 | 0.26142 % |
| P | $35,629,332.12 | en adelante | $87,939.33 | 0.30909 % |
Nótese un detalle que casi nadie advierte: la tasa del rango O es menor que la del rango N (0.26142 % contra 0.26334 %), aunque la cuota fija salta de $9,331.65 a $39,050.78. No es un error de la tabla ni un error de esta página: la progresión se construye combinando ambos componentes, y en ese escalón el salto lo absorbe la cuota fija.
Cuándo se paga y cuánto se descuenta
El artículo 131 establece que el pago es bimestral y que los bimestres vencen en febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre. Quien liquide los seis bimestres de una sola vez en enero obtiene una reducción del 8 %; quien lo haga en febrero, del 5 %.
Sobre un predial anual de $6,178.76, la reducción de enero equivale a $494.30. Es dinero que se queda en el bolsillo por adelantar el pago unas semanas, y es el descuento más aprovechable de todo el esquema capitalino.
La cuota fija de $68.00 del artículo 281
Este es el punto donde más se equivoca la información que circula en línea. En Ciudad de México no existe una reducción porcentual general para adultos mayores sobre el predial. Lo que el artículo 281 establece es una cuota fija de $68.00 pesos bimestrales para un listado cerrado de beneficiarios.
- Jubilados y pensionados
- Viudas y viudos
- Huérfanos pensionados
- Madres y padres solteros
- Personas con discapacidad permanente
- Cónyuges sobrevivientes
La diferencia es sustancial. Un porcentaje de descuento depende del valor del inmueble; una cuota fija de $68.00 bimestrales significa que el predial anual de la vivienda queda en $408.00, sin importar el valor catastral, siempre que se cumplan los requisitos y se haga el trámite.
Revisamos el texto completo del Código Fiscal 2026 buscando una reducción del 30 % para valores catastrales altos que circula en notas periodísticas. El numeral $2,808,466 aparece únicamente en los artículos 281 y 282, en otro contexto, y no existe tal disposición. Si encuentras una publicación que la mencione, trata la cortesía con reserva.
Cómo verificar tu propio importe
- Toma el valor catastral de tu boleta anterior o de tu escritura.
- Localiza el rango en que cae dentro de los dieciséis de la tabla.
- Resta al valor catastral el límite inferior del rango y multiplica por la tasa.
- Suma la cuota fija del rango: ese es tu bimestre.
- Multiplica por seis para el año y aplica la reducción si pagas en enero o febrero.
Datos y supuestos utilizados
| Concepto | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Rangos de la tarifa | 16 (A–P) | Desde $0.12 hasta «en adelante»Código Fiscal CDMX 2026, art. 130 fracc. I |
| Cuota fija | $231.00 a $87,939.33 | Rango A y rango P respectivamenteMismo artículo |
| Tasa sobre el excedente | 0.02080 % a 0.30909 % | La del rango O (0.26142 %) es menor que la del rango NMismo artículo |
| Bimestres del año | 6 | Vencen en febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembreCódigo Fiscal CDMX 2026, art. 131 |
| Reducción por pronto pago | 8 % enero, 5 % febrero | Aplica a quien liquida los seis bimestresMismo artículo |
| Cuota para beneficiarios | $68.00 bimestrales | Jubilados, pensionados, viudez, orfandad pensionada, madres y padres solteros, discapacidad permanente, cónyuges sobrevivientesCódigo Fiscal CDMX 2026, art. 281 |
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el predial en Ciudad de México?
Con la tabla de dieciséis rangos del artículo 130 del Código Fiscal. Se localiza el rango donde cae el valor catastral, se toma la cuota fija del rango y se suma la tasa multiplicada por el excedente sobre el límite inferior. El resultado es el importe de un bimestre y el año son seis bimestres.
¿Qué descuento hay por pagar el predial en enero?
El artículo 131 concede una reducción del 8 % a quien paga los seis bimestres en enero y del 5 % a quien lo hace en febrero. Para un predial anual de $6,178.76, el descuento de enero son $494.30.
¿Los adultos mayores tienen descuento en el predial de la CDMX?
No hay una reducción porcentual general por edad. El artículo 281 establece una cuota fija de $68.00 pesos bimestrales para jubilados, pensionados, viudas y viudos, huérfanos pensionados, madres y padres solteros, personas con discapacidad permanente y cónyuges sobrevivientes. Se requiere cumplir los requisitos y hacer el trámite.
¿Cuándo vence el predial en la CDMX?
Los bimestres vencen en febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre. Pagar los seis de una sola vez en enero da la reducción del 8 %.
¿Por qué mi predial subió si no hice ninguna remodelación?
Porque el valor catastral se actualiza con los valores unitarios de suelo y construcción que publica la autoridad catastral, y porque las tablas se renuevan cada ejercicio. Subir de rango en la tabla del artículo 130 cambia tanto la cuota fija como la tasa aplicable.
Última actualización: 1 de noviembre de 2026. ¿Encuentras un error? Escríbenos y lo corregimos.